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El subsecretario de Prevención y Promoción de la Salud, dijo que la Cofepris autorizó, con ciertos límites, algunas pruebas rápidas, pero de ninguna manera se debe interpretarse como una recomendación de la Secretaría para utilizarlas.

Recordó que el aval lo dio la Comisión Federal de Protección contra Riesgos Sanitarios (Cofepris) para el uso de siete de estas pruebas en el país.

Aseguró que las pruebas rápidas no representan un instrumento de diagnóstico útil sobre COVID, dado que “tienen muy baja sensibilidad y especificidad, que son los dos atributos fundamentales de las pruebas diagnósticas, para poder distinguir quienes realmente tuvieron o nunca tuvieron exposición al virus”, añadió el funcionario de Salud.

Solicitó no confundir la autorización sanitaria de estas pruebas como una recomendación de la Secretaría de Salud de utilizarlas, porque no hay recomendación en ese sentido.